jueves, 11 de abril de 2019

LEGISLACION REFERENTE A LA ELIMINACION DEL "DbKILLER"

¿Que puede suceder si circulamos sin llevar instalado el Db Killer en el escape...?

Según el Real Decreto 2822/98 que regula el Reglamento General de Vehículos, en su Artículo 11.
Que circular con un vehículo que no se ajuste a las disposiciones relativas de ruido:
Con el Escape Libre, sin Silenciador de Explosiones, o con éste ineficaz.
Será denunciado por una Infracción Grave.
Con una cuantía economía de 200€uros.
Sin perdida de puntos en la licencia de conducir.

También podemos encontrar esta misma Infracción en el
Real Decreto 1428/93 sobre el Reglamento General de Circulación Artículo 7.
También sin perdida de puntos.


Solamente es aplicable uno de los dos artículos.
Si se abona la sanción antes de Quince días (Conocido como pronto pago) Se abonará tan solo el 50% o sea, 100€uros.

En ambos casos.
Procede la inmovilización de la motocicleta por el
Artículo 104 de la Ley de Seguridad Vial.
Referente a Emisiones de Ruido, Gases y Contaminación.

Si no llevamos el Db Killer para instalarlo en el escape, o que alguien nos lo puede traer y no se puede comprobar Insitu.

Se pueden dar los siguientes supuestos.
1• Que el agente permita seguir circulando tras imponer la sanción correspondiente.

2• Si la Inspección Técnica de Vehículos (I.T.V) Se encontrase en horario de apertura, el agente acompañaría a pasar la inspección.
Si el escape no llo lleva instalado, aparte de la sanción, se deberá abonar dicha inspección.

En caso contrario, si se lleva en ficha técnica e instalado la sanción quedaría anulada y la Inspección de la I.T.V, sería abonada por el Estado.

3• En caso de hallarse la I.T.V fuera de horario comercial (Cerrada).
El agente podría inmovilizar y solicitar una grúa para el traslado al depósito, así como la custodia dentro del recinto habilitado para tal fin.
Gastos que repercuten al propietario de la motocicleta.
A parte de la sanción impuesta previamente.

Espero que os saque de dudas y os sirva, po si no lo lleváis correctamente instalado en el escape, o tenéis intención de quitarlo.

Recordaros también que el desconocimiento de la ley, no es eximente de su cumplimiento.

V'ssss a tod@s.

Artículo publicado por Jorge Carrizo en el grupo de Facebook RIDERS Pasión por las Motos el 10 de Abril de 2019

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